El Ayuntamiento de Marbella, a través de la delegación municipal de Enseñanza, informa de que se abre el plazo de presentación de solicitudes para niños/as a las guarderías municipales por un período de 30 días naturales, desde el 30 de abril al 29 de mayo, ambos inclusive. El día 30 de mayo se publicará una lista con todas las solicitudes presentadas.

Las plazas tendrán como destinatarias niños y niñas cuyas edades esté comprendida entre uno y tres años. Las solicitudes se presentarán en el modelo oficial y que podrá retirarse tanto en el Excmo. Ayuntamiento de Marbella, como en la Tenencia Alcaldía de San Pedro Alcántara, áreas de Distrito de Nueva Andalucía y Las Chapas, en la delegación municipal de Enseñanza y en las propias guarderías. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Marbella, dentro del plazo establecido. Se recomienda a los interesados que antes de presentar la solicitud ésta sea revisada por las guarderías municipales o por la delegación municipal de Enseñanza, sita en Plaza de Altamirano s/n, al objeto que sea presentada sin defectos de forma.

El acceso a las plazas estará sujeto al cumplimiento de los siguientes requisitos recogidos en el Reglamento Regulador del Procedimiento de Admisión de niños/as a las Guarderías Municipales del Excmo. Ayuntamiento de Marbella y que son:

1) Que el niño/a y al menos el padre o la madre se encuentren empadronados en el municipio de Marbella.
2) Que los niños/as para los que se solicita la plaza tengan la edad establecida.
3) Que al menos el padre o la madre o uno de los tutores desarrollen una actividad laboral a tiempo completo o a tiempo parcial por un período semanal superior a dieciocho horas. Este requisito no será exigible:
- Cuando se trate de familias monoparentales o numerosas.
- Cuando el menor o la menor para el que solicita la plaza tenga reconocido al menos un 33% de grado de minusvalía.
- Cuando algún miembro de la familia, se encuentre afectado por una enfermedad que por su duración, riesgo para la vida de la persona enferma o limitación de la capacidad, requiera el cuidado de una persona o tenga reconocido al menos el 56% del grado de minusvalía y el padre o la madre que no desarrolle actividad laboral asuma directamente su cuidado.

4) Que los ingresos brutos de todas las personas miembros de la familia correspondientes al periodo impositivo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de solicitud de plaza no superen las limitaciones, en cómputo anual que señalen a continuación:
a) Familias de 2 miembros: 4,8 Salario Mínimo Interprofesional (en adelante SMI).
b) Familias de 3 miembros: 6 SMI.
c) A partir del tercer miembro, se añadirá 1 SMI por cada nuevo miembro de la unidad familiar.

5) A los efectos del presente Reglamento, se considera como familia la madre y el padre de los niños/as y sus hermanos. Se considera padre y madre de los niños aquellos que aparezcan inscritos como tal en el libro de familia. No obstante aunque el padre no conviviera en el mismo domicilio se considera reconocidas sus obligaciones como tal. Se considerarán también familia:
a) las personas que convivan en el mismo domicilio que los niños solicitantes, siempre que éstos tengan relación de parentesco con el/la niño/a que solicite la plaza, hasta segundo grado, o justifiquen la tutoría legal de los mismos.
b) Las personas que convivan en el mismo domicilio que los niños solicitantes por situación derivada de acogimiento familiar permanente o preadoptivo.
c) Los requisitos deberán cumplirse en la fecha de presentación de la correspondiente solicitud, excepto el de la edad de los niños/as solicitantes que vendrá referido al 31 de Diciembre de ese año.

Para cualquier información o consulta los interesados pueden ponerse en contacto con la delegación municipal de Enseñanza, sita en Plaza de Altamirano s/n, teléfono 952285035 ó 952765996.

Fuente: Gabinete de Prensa del Ayuntamiento de Marbella